Micelio
Auto21 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante De Oficio·Demandado Tamara Ospina Jaiver

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia Se Encuentran Satisfechos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia se encuentran satisfechos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal con funciones de conocimiento de Natagaima - Tolima y el Resguardo Indígena Nataroco.

Dicha controversia recae sobre el conocimiento de un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano indígena, por la presunta comisión del delito de lesiones personales en calidad de autor.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones y de reiterar jurisprudencia sobre la jurisdicción especial indígena y los presupuestos para el reconocimiento del fuero, la Sala Plena de la Corte Constitucional concluyó que el presente asunto debe ser tramitado ante la jurisdicción especial indígena, al haberse acreditado los factores personal, territorial, objetivo e institucional.

En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional, remitió el expediente al Resguardo Indígena Nataroco del municipio de Natagaima – Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal con funciones de conocimiento de Natagaima - Tolima y la jurisdicción especial indígena representada por el Resguardo Indígena Nataroco del municipio de Natagaima - Tolima, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso penal radicado No. 734836000470201800079 adelantado contra Jaiver Tamara Ospina, corresponde al Resguardo Indígena Nataroco del municipio de Natagaima - Tolima.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3860 al Resguardo Indígena Nataroco del municipio de Natagaima - Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  4. Primero. Promiscuo Municipal con funciones de conocimiento de Natagaima - Tolima.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.